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Debe examinar detalladamente el sistema de amortización (es
decir, la forma y periodicidad con la que se pagan las cuotas), si
el interés es fijo o variable, y en este caso, cómo se calcula el
interés de cada periodo, cada cuanto tiempo se revisa el tipo de
interés y si hay redondeos.
Compruebe cuál es el interés de demora para el caso de que se
retrase en el pago de las cuotas.
Compruebe detenidamente qué comisiones tienes que pagar y cuál es
su importe, y en concreto si hay comisión de apertura, por
modificación de condiciones o por subrogación.
Compruebe si se pueden hacer pagos anticipados y con qué cuantía,
así como si en los casos de amortización anticipada total o parcial
hay que pagar alguna comisión.
En los préstamos hipotecarios sobre vivienda que
tengan un importe de hasta 25 millones de pesetas, existe el derecho
a que el Banco o Caja de Ahorros le entregue un folleto informativo
con las condiciones esenciales de la operación.
La Entidad de Crédito debe formular una oferta vinculante de
contrato, cuyas condiciones obligarán a la Entidad durante diez días
hábiles.
Finalmente, tiene derecho a elegir Notario y a examinar la
escritura de préstamo en la Notaría durante los tres días hábiles
anteriores a la firma.
Recuerde que la entidad le dirá que es "obligatorio" domiciliar
allí su nómina, así como contratar con ellos un seguro del hogar
entre otras cosas. Sepa que la legislación sólo le obliga a tener un
seguro contra incendios y no necesariamente con esa misma
entidad.
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